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200 millones de usuarios en Facebook

Posted by gvalverd on May 22, 2009 in Innovación, Sociedad, Sociedad del Conocimiento

El Universo,  Viernes 10 abril

Cuando Facebook registró a su miembro número 100 millones en agosto pasado, sus empleados se extendieron en dos parques en Palo Alto, California, para una enorme barbacoa. Esta empresa de cinco años de antigüedad, nacida en un dormitorio de Harvard, registra desde marzo anterior 200 millones.

Ese asombroso ritmo de crecimiento –duplicar su tamaño en ocho meses– sugiere que Facebook está convirtiéndose rápidamente en el ecosistema social dominante de la web y una herramienta de relacionamiento personal y de negocios esencial en gran parte del mundo conectado.

Pero, ejecutivos de Facebook dicen que no están planeando festejar su hito más reciente de ninguna manera significativa. Es, quizá, un mal momento para celebrar. La compañía que ha dado a los usuarios nuevas formas de conectarse y decir la verdad al poder, ahora está siendo el blanco de ese formidable poder popular; más recientemente sobre los polémicos cambios que hizo a las páginas de inicio de los usuarios.

A medida que Facebook se expande, también está luchando por igualar el ímpetu de nuevas empresas en boga como Twitter, el servicio de microblogs, mientras maneja las expectativas de los primeros suscriptores jóvenes y tecnológicamente informados, atrae a mamás y papás y justifica su alta valuación.

Según cualquier medida, el crecimiento de Facebook es un gran logro. El personal de Mark Zuckerberg, el cofundador y director ejecutivo de la compañía, de 24 años, está inscribiendo a casi un millón de nuevos miembros cada día, y ahora más del 70% de ellos viven fuera de Estados Unidos, en países como Italia, la República Checa e Indonesia. Las filas de Facebook en esos países se engrosaron el año pasado después de que la compañía ofreció su sitio en esos idiomas.

Toda esta actividad pone a Facebook a la par de otros novedosos –y populares– servicios de internet como el correo electrónico gratuito, Google; la red de llamadas en línea Skype y sitios de comercio electrónico como eBay.

A diferencia de los motores de búsqueda, que permite dar seguimiento a presencias prominentes en internet, Facebook conecta a la gente con viejos amigos y fortalece sus lazos con nuevos conocidos; aun cuando el medio de enlace no es nada más que viejas fotografías embarazosas o recuerdos de su maestra de segundo grado.

Facebook también puede ayudar a reconstruir familias. Karen Haber, madre de dos hijos que vive en las afueras de Tel Aviv, se conecta cada noche tras llevar a los niños a la cama. Busca, según los varios apellidos de su familia, lo que alguna vez fue el vasto clan Bachenheimer del norte de Alemania, que se fracturó durante el Holocausto y luego se dispersó por el planeta.

Al discutir el tejido conectivo de Facebook; Zuckerberg recuerda la historia de Claus Drachmann, un maestro de escuela en el norte de Dinamarca que por Facebook se convirtió en amigo de Anders Fogh Rasmussen, el primer ministro de Dinamarca. Drachmann subsecuentemente invitó a Rasmussen a hablar ante su clase de niños con necesidades especiales; el primer ministro lo hizo el otoño pasado.

A medida que Facebook se precipita, aún tiene que apartarse de su propio camino para calmar los sentimientos heridos de usuarios como Liz Rabban. Ella, de 40 años, agente de bienes raíces de EE.UU. y madre de dos hijos, se unió al sitio en noviembre del 2007, reuniendo rápidamente a 250 amigos y pasando horas en el sitio cada día.

Pero en estos días, pasa menos tiempo en el sitio y publica comentarios cáusticos sobre el nuevo diseño de Facebook, que convierte a una gran parte de la página inicial de cada usuario en un largo “torrente” de actualizaciones tipo Twitter recientes, a menudo triviales, de los amigos. Rabban no está sola. Más de 2,5 millones de disidentes se han unido a un grupo en el propio sitio de Facebook llamado Millones contra el nuevo diseño y condiciones de servicio de Facebook. Otros critican los cambios en sus propias actualizaciones de estatus, que ahora, irónicamente, se distribuyen mucho más visiblemente a todos sus amigos de Facebook.

Los cambios, dicen ejecutivos de Facebook, están destinados a hacer el acto de compartir –no solo información sobre nosotros mismos sino lo que la gente está haciendo ahora– más fácil, más veloz y más urgente.

Chris Cox, de 26 años, director de productos de Facebook y confidente de Zuckerberg, prevé que los usuarios anuncien a dónde van a almorzar cuando dejan sus computadoras para que sus amigos puedan ver las actualizaciones y se les unan.

El conflicto latente en torno al cambio del diseño refleja los desafíos de Facebook de complacer a 200 millones de usuarios, muchos de los cuales se enorgullecen de la propiedad porque ellos ayudaron a crear el sitio con trabajo gratuito y con contribuciones muy personales.

 
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Procedimientos Sancionadores en materia Sociedad Información

Posted by gvalverd on May 22, 2009 in Sociedad, Sociedad de la Información

Efrén Santos Pascual, Socio y Abogada de ICEF Consultores

1. Obligaciones por disponer de Página Web

En el año 1998 con la Ley General de Telecomunicaciones, se exigía que todo prestador de servicios que disponía de una Página Web debiera obtener autorización del Ministerio para poder disponer de aquella. Con la entrada en vigor de la LSSI, se suprimió dicha exigencia, permitiendo la posibilidad de prestar ese servicio con total libertad, sin precisar autorización para ello, si bien se exigía la constatación de una serie de extremos de obligado cumplimiento, algunos de ellos, exigibles ante organismos de la administración, otros simplemente, estando disponibles para aquellos terceros que accedían a la Página Web del Prestador de Servicios. Dichas obligaciones eran las siguientes, a saber:

- Notificar ante el Registro correspondiente, en su caso, el nombre o nombres de dominio titularidad del prestador de servicios. En la presente obligación, todas las personas jurídicas que se encontraban obligadas a inscribirse en registro mercantil, debía notificar sus dominios, suponiendo un coste por dicho trámite, aparejándose una infracción administrativa por no efectuar aquel.

- Disponer en la Página Web, de forma clara, sencilla, permanente y accesible, los datos del prestador de servicios: dirección, personalidad jurídica, datos de contacto, etc.

- Los precios, las ofertas, los impuestos, gastos de envío y toda aquella información precisa sobre el producto y/o servicio que disponía en la Página Web.

- La autorización, e su caso, si el prestador de servicios debía disponer de ella para prestar el servicio que albergaba en su Página Web, junto con la obligación de disponer, en su caso, los datos de colegiación si fuere preciso por su actividad.

Dichas obligaciones se consideran exigibles para cualquier prestador de servicios, tuviere una Página Web estática, dinámica, corporativa o social. Eran las consideradas obligaciones formales, cuyo incumplimiento pudiere acarrear una infracción administrativa en diferente grado. A fecha presente, las obligaciones formales apuntadas se mantienen, si bien la entrada en vigor de la LMISI, ha suprimido la obligación de notificar los dominios del prestador de servicios ante el registro correspondiente.

En un segundo rengo o parámetro de obligaciones, se encuentran las exigencias por disponer de lo que se considera Página Web de comercio electrónico, haciendo hincapié, que la normativa aplicable, y que nos encontramos desarrollando, en su 80% se encuentra dirigido a la inter-actuación con consumidores, es decir, lo que se pretende es que dichas leyes sean adicionales a la Ley de Defensa de Usuarios y Consumidores. Éstas Páginas Web, donde se permite la compra sobre productos y/o servicios, deben cumplir con una serie de obligaciones en los trámites de contratación.

- Disponer de los productos y/o servicios que el usuario y/o consumidor va a poder adquirir, además de la información sobre ofertas y condiciones de aquellas.

- Informar de todos los extremos aparejados al producto y/o servicio, desde el precio, IVA, duración de la oferta en su caso, etc.

- Disponer de condiciones generales de contratación o particulares, en virtud del producto y/o servicio disponible, exigiéndose que el mismo esté siempre presente en la Página Web y disponible para el usuario y/o consumidor, bien a través de su descarga y/o impresión.

- Registro de la aceptación del contrato que regirá la compra del producto y/o servicio en cuestión, así como la posibilidad de disponer de un sistema de retroceso con la finalidad de corregir errores en el proceso de contratación.

- Justificante de compra, con su correspondiente factura, además de cumplir con las normativas afectas: Ley de comercio Minorista, Ley de Defensa de Consumidores y Usuario, Ley de Condiciones Generales de Contratación, etc.

Igualmente, que las precedente obligaciones -formales- la inobservancia de las presente pueden dar lugar al inicio de un procedimiento sancionador en virtud de infracciones originadas por ésta inobservancia e incumplimiento.

A las presente obligaciones, hay que sumarle, como bien conocerán, las obligaciones exigidas en materia de protección de datos de carácter personal, al respecto de los datos personales que el Prestador de Servicios a través de su Página Web pudiere recabar y tratar, así como la actividad frecuente de envíos de comunicaciones publicitarias sin disponer de consentimiento de usuario o sin cumplir con las exigencias legales establecidas en la LSSI y en la LMISI. Pero dichas obligaciones y exigencias legales, serán tramitas en su correspondiente procedimiento sancionador, por la Agencia Española de Protección de Datos Personales.

Como última obligación y/o exigencia legal, nos encontraríamos con el deber de colaboración con las autoridades y/u órganos administrativos, en cuanto a la información y contenido considerado ilícito. El presente deber está basado en la posibilidad de sancionar a prestadores de servicios que conocen y permiten el albergamiento y visualización de contenidos ilícitos, es decir, sean contrarios a la infancia, la propiedad intelectual e industrial, la salud pública, la intimidad personal, etc. La mayoría de caso, suele producirse en los famosos blogs o foros, en los cuales, muchas veces, no se dispone de control, permitiendo contenidos atentatorios contra las personas físicas y/o jurídicas, pudiendo ya no solo ocasionar para el prestador de servicios sancione administrativas, sino responsabilidad civil y/o penal como responsable directo y/o subsidiarios de dichos contenidos.

La Ley otorga las funciones de supervisión y control de la misma al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito de la Administración General del Estado, y a los órganos que correspondan de las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos territoriales y competenciales. En esta función de control, los órganos citados podrán llevar a cabo las actuaciones inspectoras que sean precisas.

2. Órgano Administrativo y Procedimiento Sancionador

La imposición de sanciones por el incumplimiento de lo previsto en la LSSI y en la LMISI corresponderá al órgano o autoridad que dictó la resolución incumplida o al que estén adscritos los inspectores, correspondiendo la potestad sancionadora a la Subdirección General de Servicios de la Sociedad de la Información, adscrita al Ministerio de Industria, turismo y Comercio

Asimismo las infracciones respecto a los derechos y garantías de los consumidores y usuarios serán sancionadas por el órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas competentes en materia de consumo.

No obstante, corresponde a la Agencia de Protección de Datos la imposición de sanciones por el incumplimiento de los artículos 21 y 22 de la Ley.

La potestad sancionadora se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en sus normas de desarrollo en la materia, especialmente el RD 1398/1993 que regula el procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora. No obstante, el plazo máximo de duración del procedimiento simplificado será de tres meses.

El procedimiento sancionador podrá ser iniciado de oficio o mediante denuncia de cualquier ciudadano o interesado, por lo que, el procedimiento en su origen es similar al iniciado por la propia Agencia Española de Protección de Datos Personales.

Así mismo, deben tener en cuenta, que una vez efectuada propuesta de resolución y resuelto por el organismo administrativo correspondiente dicho procedimiento, pudieren efectuar recurso potestativo de reposición ante el mismo organismo, pero deben tener en cuenta el plazo de dos meses para presentar recurso contencioso-administrativo, dado que si el órgano administrativo no contestara explícitamente -suelen hacerlo pero no en tiempo- el plazo se hubiere extinguido. La no contestación da lugar a la desestimación del recurso por silencio negativo.

CUADRO DE INFRACCIONES

 

Muy Grave

Multa de 150.001 a 600.000 euros

Grave

Multa de 30.001 a 150.000 euros

Leve

Multa de hasta 30.000 euros

Recomendaciones al Cumplimiento de Obligaciones

En este apartado, efectuaremos una división en cuanto a consejos sobre la apertura y disposición al público -usuarios y/o consumidores- de contenidos albergados en una Página Web, separando las recomendaciones internas y externas para una mejor valoración del prestador de servicios, a saber:

Recomendaciones en el ámbito interno

- Contratos de desarrollo web o prestación de servicios informáticos. Dirigido a establecer las condiciones que regirán la relación entre la entidad titular de la Web con el informático o empresa informática encargada de desarrollar dicha Página Web.

- Contratos de housing o hosting. Su finalidad es analizar y/o modificar y/o elaborar el contrato con la entidad que suministrará el albergamiento, bien de la Página Web, bien de esta junto con las bases de datos.

- Registro y protección de los derechos de propiedad industrial, en caso que no estuviere efectuado, traducido en la solicitud del nombre comercial o marcas con la finalidad de diferenciar los productos y/o servicios respecto a terceros.

- Posicionamiento en buscadores y legitimidad de derechos intelectuales. Preservar y establecer los derechos de propiedad industrial e intelectual del titular de la Página Web y evitar la inclusión de derechos de terceros en el código fuente para un mejor posicionamiento, así como la legitimación para utilizar imágenes y derechos intelectuales relacionados de terceros -música, vídeos, textos, etc.-

- Protección de datos personales. Aunque se incluirá, igualmente, en las consideraciones externas, es obligatorio que cualquier entidad, más si esta recaba y trata datos de carácter personales a través de la Página Web, se encuentre adaptada internamente a la normativa de protección de datos de carácter personales.

- Enlaces o publicidad de terceros. La finalidad primordial es evitar la responsabilidad de la entidad titular de la Página Web sobre contenidos albergados en Páginas Web de terceros.

- Protección de la Página Web -código fuente, imágenes, bases de datos, vídeos, textos, etc.- y estudio de las posibles incidencias que pudieren llegar a producirse, bien por nombres de dominios, bien por actos y/o actuaciones propias o de terceros.

Recomendaciones en el ámbito externo.

- Adecuación a todos las exigencias legales establecidas, tanto en la normativa de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico (LSSI), especialmente, aquellas dirigidas a los usuarios, como de la normativa de comercio minorista y defensa de consumidores. En el siguiente apartado se hará referencia expresa de las principales obligaciones a la que debe atender la entidad titular de la Página Web.

- Inclusión de leyendas y diverso clausulado tendente a informar sobre la recogida y tratamiento de datos de carácter personal, uso y navegación por lo diferentes contenidos de la Página Web y otra información de inserción obligatoria en virtud de la actividad.

- Seguridad en la navegación y en las transacciones efectuadas a través de la Página Web, tendentes a salvaguardar la privacidad, confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información que se transmita a través de las redes de comunicación a distancia.

- Adecuación de la remisión de publicidad o prospección comercial a los usuarios y/o clientes, sea cual fuere el medio electrónico de comunicación a distancia utilizado -SMS, correo electrónico, etc.-

A pesar de que muchas veces, las Páginas Web no tengan un fin económico, o que la finalidad última no se encuentre dirigida a vender u ofertar nada, sino a informar o a poner a disposición del público una herramienta de acceso, en la cual poder expresarse, opinar, encontrar información, etc., no por ello, los contenidos albergados en ellos están exentos de atender a las exigencias legales. Es preferible un asesoramiento preventivo o una adecuación preventiva, que no verse sancionado por infracciones derivadas, en muchas ocasiones, de ínfimas actuaciones y/o acciones tendentes a evitar aquellas.

 
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En tiempos de crisis... impulso a las TICS

Graciela Garrido Grela. Directora Territorial Sector Público Zona Norte de econet

Sociedad de la Información como motor de desarrollo económico

En la actualidad nos encontramos ante un nuevo orden económico caracterizado por la utilización de la información y el conocimiento como pieza fundamental en la creación de valor. En este contexto, las Tecnologías de la Sociedad de la Información y Comunicación (TICs) ofrecen nuevas posibilidades para las empresas tales como una comunicación más eficiente, difusión de sus productos a través de la red, relaciones electrónicas con proveedores y clientes, etc.

Así, no es de extrañar que los principales analistas nacionales e internacionales coincidan en que el Sector TICs, por su carácter transversal que lo sitúa en cualquier actividad económica e industrial, se haya convertido en motor e impulso de otros sectores afectando a la competitividad de las empresas y estableciendo una brecha entre aquellas que toman ventaja de su uso y aquellas otras más rezagadas.

Con el objetivo de mejorar la competitividad de las empresas, es necesario que los gobiernos pongan en marcha planes dirigidos al sector TIC y más en los actuales tiempos de crisis. Así, la comunidad internacional apuesta por la Sociedad de la Información como elemento esencial para la vertebración de la recuperación económica, impulsando nuevos planes de desarrollo en los que las TICs constituyen el mejor instrumento para poner en marcha y materializar nuevas ideas y proyectos, véase por ejemplo el Plan Europeo de Recuperación Económica o el Plan “Francia Digital 2012”.

Situación Española: de Avanza a Avanza 2

El impulso a las TICs y en general a toda la Sociedad de la Información (SI) ha sido el objetivo del programa Avanza 2005-2008 gracias al cual se ha confirmado el hecho de que la SI ha sido el motor e impulso de otros sectores económicos puesto que generan desarrollo industrial TIC en ámbitos como los servicios informáticos, la sanidad, la educación, etc.

Con el objetivo de afianzar los hitos alcanzados por este programa (cobertura 99% de la población con banda ancha, más de 1 millón de dominios.es, más de 730.000 trabajadores han recibido formación TIC, el 99,3% de las escuelas han recibido equipamiento TIC y conexión a Internet, etc.) , el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de la Secretaria de Estado de la Sociedad de la Información y el Conocimiento lanza en 2009 el Programa Avanza 2, cuyo objetivo principal es la recuperación económica gracias al uso intensivo y generalizado de las TICs, con una especial atención a los proyectos que compaginen la sostenibilidad y el ahorro energético.

En este contexto, Avanza 2 (2009-2012) tiene como reto no tanto la dinamización de la oferta, lograda ya en gran medida, como el fomento de la demanda, así como el aprovechamiento del impulso del desarrollo del sector para la consolidación de una industria TIC propia especializada en sectores estratégicos y siempre volcada en las Pymes, en la que se centra la mayor parte de los esfuerzos.

En conjunto, el Plan Avanza 2 permitirá crear cerca de 45.000 empleos directos e indirectos anuales en el periodo 2009-2012; es decir, casi 200.000 empleos de elevada cualificación en los próximos cuatro años.

El Plan Avanza 2 se enmarcará dentro de las medidas del Plan E, en el que se recogen las medidas que se han adoptado por parte del Gobierno para sostener la actividad económica y sentar las bases de un crecimiento sostenible en el futuro.

Según palabras del Ministro Miguel Sebastián durante la presentación de este nuevo programa, “este sector puede y debe jugar un papel importante en la actual coyuntura económica, ya que además de aportar valor añadido al conjunto de nuestra economía, contribuye a poner las bases de un nuevo modelo de crecimiento basado en la I+D+i, así como a la reducción de la inflación y a mitigar el déficit del comercio”.

Plan Avanza 2

Tal y como se ha mencionado anteriormente, el Plan Avanza ha beneficiado ya a más de 222.000 ciudadanos y empresas, permitiendo la convergencia de España con Europa. El lanzamiento del Plan Avanza 2 contribuirá a mejorar la situación económica en el actual contexto de crisis gracias al efecto tractor que supone para la economía. Para ello, el MITYC pondrá en marcha nuevas convocatorias que den soporte a este sector y con ello, den respuesta a las nuevas prioridades identificadas, sobre todo en el uso de las TICs por parte de las microempresas y el potencial de desarrollo de la industria de contenidos digitales.

Así, las iniciativas de Avanza 2 se agrupan en cinco ejes de actuación, que serán objeto de las diferentes líneas de subvención a lo largo del 2009:

- Desarrollo del sector TIC, cuyo objetivo es apoyar a empresas que desarrollen nuevos productos, procesos, aplicaciones, contenidos y servicios TIC, promoviendo como prioridades básicas la participación industrial española en la construcción de la Internet del futuro y el desarrollo de contenidos digitales. Dentro de este eje, se financiarán programas de innovación ligados a la SI donde las pymes verán reforzado su papel prioritario gracias a las iniciativas de impulso y las convocatorias de ayudas públicas.

- Capacitación TIC, cuyo objetivo es la incorporación masiva tanto de los ciudadanos como las empresas. Para ello, se priorizará el acceso a la SI de personas con discapacidad y mayores, así como la extensión de los beneficios TIC en las microempresas.

- Servicios Públicos Digitales, mediante la cual se mejorará la calidad de los servicios prestados por las Administraciones Públicas en Red, con especial énfasis en el apoyo a las entidades locales y el desarrollo de las multifuncionalidades del DNI electrónico. Asimismo, esta línea apoyará la creación de nuevas plataformas y contenidos en el ámbito de la educación y en el sanitario.

- Infraestructura, a través de la que se dará impulso al desarrollo y la implantación de la SI en entornos locales, mejorando la prestación de los servicios públicos electrónicos al ciudadano y empresas mediante el uso de las TICs. Asimismo, se extenderá la adopción de la TDT y se reforzará el desarrollo de la nueva normativa de infraestructuras comunes de telecomunicaciones en edificios y canalizaciones de telecomunicaciones en dominio público.

- Confianza y seguridad, que persigue el doble objetivo de reforzar la confianza en las TICs entre ciudadanos y empresas, mediante políticas públicas de seguridad de la información, y fomentar la accesibilidad de los servicios TIC.

Concusiones

En un momento de especial dificultad para las empresas, es necesario que estas se sitúen en el centro de las actuaciones del gobierno haciéndolas beneficiarias de gran parte de las ayudas. Gracias al Plan Avanza 2, 1.500 millones de euros se pondrán a disposición de empresas, administraciones locales y ciudadanos en 2009 para impulsar el desarrollo de la SI y con ello combatir la crisis actual por su impacto favorable sobre la actividad y el empleo. Próximamente se publicarán las primeras convocatorias.

Fuentes:

Artículo: http://www.microsoft.com/spain/empresas/ayudas/impulso_tics.mspx

­ Ministerio de Industria, Turismo y Comercio: www.mityc.es

­ Plan Avanza: www.planavanza.es

­ www.la-moncloa.es

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