{"id":68,"date":"2011-05-05T01:29:20","date_gmt":"2011-05-05T01:29:20","guid":{"rendered":"http:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/?p=68"},"modified":"2011-05-05T01:29:20","modified_gmt":"2011-05-05T01:29:20","slug":"consulta-popular","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/2011\/05\/05\/consulta-popular\/","title":{"rendered":"Consulta Popular"},"content":{"rendered":"<p>Este 7 de mayo el Ecuador\u00a0decidir\u00e1 por 10 preguntas muchos no\u00a0podr\u00e1n\u00a0entenderlas\u00a0por los anexos pero\u00a0aqu\u00ed\u00a0se las dejo para todos aquellos que deseen dar su voto de una manera segura Ecuatoriano decide bien el futuro de tu pais.<\/p>\n<p><strong>1. \u00bfEst\u00e1 usted de acuerdo en enmendar el numeral 9 del art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica incorporando un inciso que impida la caducidad de la prisi\u00f3n preventiva cuando esta ha sido provocada por la persona procesada y que permita sancionar las trabas irrazonables en la administraci\u00f3n de justicia por parte de juezas, jueces, fiscales, peritos o servidores de \u00f3rganos auxiliares de la Funci\u00f3n Judicial, como establece el anexo 1?<\/strong><\/p>\n<p>ANEXO 1<\/p>\n<p>Incorp\u00f3rese a continuaci\u00f3n del primer inciso al numeral 9 del art\u00edculo 77 uno que dir\u00e1: \u201cLa orden de prisi\u00f3n preventiva se mantendr\u00e1 vigente si por cualquier medio la persona procesada ha evadido, retardado, evitado o impedido su juzgamiento mediante actos orientados a provocar su caducidad. Si la dilaci\u00f3n ocurriera durante el proceso o produjera la caducidad, sea esta por acciones u omisiones de juezas, jueces, fiscales, defensor p\u00fablico, peritos o servidores de \u00f3rganos auxiliares, se considerar\u00e1 que estos han incurrido en falta grav\u00edsima y deber\u00e1n ser sancionados de conformidad de la ley\u201d.<\/p>\n<p><strong>2. \u00bfEst\u00e1 usted de acuerdo con que las medidas sustitutivas a la privaci\u00f3n de libertad se apliquen bajo las condiciones y requisitos establecidos en la Ley, de acuerdo al anexo 2?<\/strong><\/p>\n<p>ANEXO 2<\/p>\n<p>El art\u00edculo 77 numeral 1 dir\u00e1: \u201cLa privaci\u00f3n de la libertad no ser\u00e1 la regla general y se aplicar\u00e1 para gantizar la comparencia del imputado o acusado al proceso, el derecho de la v\u00edctima del delito a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, y para asegurar el cumplimiento de la pena; proceder\u00e1 por orden escrita de jueza o juez competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley. Se except\u00faan los delitos flagrantes, en cuyo caso no podr\u00e1 mantenerse a la persona detenida sin f\u00f3rmula de juicio por m\u00e1s de 24 horas. Las medidas no privativas de libertad se aplicar\u00e1n de conformidad con los casos, plazos, condiciones y requisitos establecidos en la ley\u201d.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 77 numeral 2 dir\u00e1:<\/p>\n<p>\u201cLa jueza o juez aplicar\u00e1 las medidas cautelares alternativas\u00a0 a la privaci\u00f3n de libertad contempladas en la ley. Las sanciones alternativas se aplicar\u00e1n de acuerdo con los casos, plazos, condiciones y requisitos establecidos en la Ley\u201d.<\/p>\n<p><strong>3. \u00bfEst\u00e1 usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado as\u00ed como las empresas de comunicaci\u00f3n privadas de car\u00e1cter nacional, sus directores y principales accionistas, sea due\u00f1os o tengan participaci\u00f3n accionaria fuera del \u00e1mbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando la Constituci\u00f3n como lo establece el anexo 3?<\/strong><\/p>\n<p>ANEXO 3<\/p>\n<p>El primer inciso del art\u00edculo 312 de la Constituci\u00f3n dir\u00e1:<\/p>\n<p>\u201cLas instituciones del sistema financiero privado, as\u00ed como las empresas privadas de comunicaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, sus directores y principales accionistas, no podr\u00e1n ser titulares, directa o indirectamente, de acciones o participaciones, en empresas ajenas a la actividad financiera o comunicacional, seg\u00fan el caso. Los respectivos organismos de control ser\u00e1n los encargados de regular esta disposici\u00f3n de conformidad con el marco constitucional y normativo vigente\u201d.<\/p>\n<p>En el primer inciso de la disposici\u00f3n transitoria vig\u00e9simo novena dir\u00e1:<\/p>\n<p>\u201cLas acciones y participaciones que posean las instituciones del sistema financiero privado, as\u00ed como las empresas privadas de comunicaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, sus directores y principales accionistas, en empresas distintas al sector en que participan, se enajenar\u00e1n en el plazo de un a\u00f1o contado a partir de la aprobaci\u00f3n de esta reforma en refer\u00e9ndum\u201d.<\/p>\n<p><strong>4. \u00bfEst\u00e1 usted de acuerdo en sustituir al actual pleno de la Judicatura por un Consejo de la Judicatura de Transici\u00f3n, conformado por tres miembros elegidos, uno por la Funci\u00f3n Ejecutiva, otro por el Poder Legislativo y otro por la Funci\u00f3n de Transparencia y Control Social, para que en el plazo improrrogable de 18 meses, ejerza las competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Funci\u00f3n Judicial, como lo establece el anexo 4?<\/strong><\/p>\n<p>ANEXO 4<\/p>\n<p>El art\u00edculo 20 del R\u00e9gimen de Transici\u00f3n dir\u00e1:<\/p>\n<p>\u201cSe disuelve el actual pleno del Consejo de la Judicatura. En su reemplazo se crea un Consejo de la Judicatura de Transici\u00f3n, conformado por tres delegados designados y sus respectivos alternos: uno por el Presidente de la Rep\u00fablica, otro por el Poder Legislativo y otro por la Funci\u00f3n de Transparencia y Control Social; todos los delegados y sus alternos estar\u00e1n sometidos a juicio pol\u00edtico. Este Consejo de la Judicatura transitorio tendr\u00e1 todas las facultades establecidas en la Constituci\u00f3n, as\u00ed como las dispuestas en el C\u00f3digo Org\u00e1nico de la Funci\u00f3n Judicial, y ejercer\u00e1n sus funciones por un per\u00edodo improrrogable de 18 meses.<\/p>\n<p>El Consejo de la Judicatura definitivo se conformar\u00e1 mediante el procedimiento establecido en la Constituci\u00f3n enmendada. El Consejo de Participaci\u00f3n Ciudadana y Control Social asegurar\u00e1 que los miembros del nuevo Consejo de la Judicatura est\u00e9n designados antes de concluidos los 18 meses de funciones del Consejo de la Judicatura de transici\u00f3n.<\/p>\n<p>Queda sin efecto el concurso de m\u00e9ritos y oposici\u00f3n que lleva a cabo el Consejo de Participaci\u00f3n Ciudadana y Control Social para la designaci\u00f3n de los nuevos vocales del Consejo de la Judiactura.<\/p>\n<p>Supr\u00edmase la disposici\u00f3n transitoria primera del C\u00f3digo Org\u00e1nico de la Funci\u00f3n Judicial\u201d.<\/p>\n<p><strong>5. \u00bfEst\u00e1 usted de acuerdo en modificar la composici\u00f3n del Consejo de la Judicatura, enmendando la Constituci\u00f3n y reformando el C\u00f3digo Org\u00e1nico de la Funci\u00f3n Judicial como establece el anexo 5?<\/strong><\/p>\n<p>ANEXO 5<\/p>\n<p>Enmi\u00e9ndese la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador de la siguiente manera:<\/p>\n<p>\u201cArt. 179.- El Consejo de la Judicatura se integrar\u00e1 por 5 delegados, y sus respectivos suplentes, quienes ser\u00e1n elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, quien lo presidir\u00e1; por el Fiscal General del Estado; por el Defensor P\u00fablico; por la Funci\u00f3n Ejecutiva; y por la Asamblea Nacional.<\/p>\n<p>Los delegados mencionados en el inciso anterior, ser\u00e1n elegidos por el Consejo de Participaci\u00f3n Ciudadana y Control Social, a trav\u00e9s de un proceso p\u00fablico de escrutinio con veedur\u00eda y posibilidad de impugnaci\u00f3n ciudadana.<\/p>\n<p>El procedimiento, plazos y dem\u00e1s elementos del proceso ser\u00e1n determinados por el Consejo de Participaci\u00f3n Ciudadana y Control Social.<\/p>\n<p>Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durar\u00e1n en el ejercicio de sus funciones 6 a\u00f1os.<\/p>\n<p>El Consejo de la Judicatura rendir\u00e1 su informe anual ante la Asamblea Nacional, que podr\u00e1 fiscalizar y juzgar a sus miembros\u201d.<\/p>\n<p><strong>As\u00ed quedaron redactadas las preguntas de la Consulta Popular<\/strong><\/p>\n<p>1.\u00bfEst\u00e1 usted de acuerdo que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Org\u00e1nica de la Funci\u00f3n Legislativa, a partir de la publicaci\u00f3n de los resultados del plebiscito, tipifique en el C\u00f3digo Penal, como un delito aut\u00f3nomo, el enriquecimiento privado no justificado?<\/p>\n<p>2.\u00bfEst\u00e1 usted de acuerdo que en el pa\u00eds se proh\u00edban los negocios dedicados a juegos de azar, tales como casinos y salas de juego?<\/p>\n<p>3.\u00bfEst\u00e1 usted de acuerdo que en el cant\u00f3n de su domicilio se proh\u00edba los espect\u00e1culos que tengan como finalidad dar muerte al animal?<\/p>\n<p>4.\u00bfEst\u00e1 usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Org\u00e1nica de la Funci\u00f3n Legislativa, expida una Ley de Comunicaci\u00f3n que cree un Consejo de Regulaci\u00f3n que regule la difusi\u00f3n de contenidos de la televisi\u00f3n, radio y publicaciones de prensa escrita que contengan mensajes de violencia, expl\u00edcitamente sexuales o discriminatorios; y que establezca criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores o medios emisores?<\/p>\n<p>5. \u00bfEst\u00e1 usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Org\u00e1nica de la Funci\u00f3n Legislativa, a partir de la publicaci\u00f3n de los resultados del plebiscito, tipifique como infracci\u00f3n penal la no afiliaci\u00f3n al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de los trabajadores en relaci\u00f3n de dependencia?<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este 7 de mayo el Ecuador\u00a0decidir\u00e1 por 10 preguntas muchos no\u00a0podr\u00e1n\u00a0entenderlas\u00a0por los anexos pero\u00a0aqu\u00ed\u00a0se las dejo para todos aquellos que deseen dar su voto de una manera segura Ecuatoriano decide bien el futuro de tu pais. 1. \u00bfEst\u00e1 usted de acuerdo en enmendar el numeral 9 del art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":5478,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[36],"class_list":["post-68","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-uncategorized","tag-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/68","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5478"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=68"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/68\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":71,"href":"https:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/68\/revisions\/71"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=68"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=68"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.espol.edu.ec\/lbazurto\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=68"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}