En oficio RT-037, se solicito a la unidad responsable del cumplimiento de la LOSEP, Reglamento General y las políticas, normas e instrumentos técnicos emitidos por el Ministerio de Relaciones Laborales, coordinar las acciones necesarias en beneficio al pago mensual de la R.V.E., a los servidores públicos de nuestra Institución. Así también, se solicitó solucionar el problema de los compañeros que poseen el nombre del puesto institucional de «coordinadores», ya que no se les ha cancelado ningún valor por éste concepto, debido a que poseen puestos erróneamente catalogados dentro del nivel jerárquico superior.

La R.V.E. es un ingreso complementario al cual tenemos derecho de percibir los servidores, de acuerdo a requisitos establecidos en Ley. Motivo por el cual, se concluye sugiriendo observar la necesidad  que nuestra Institución obtenga la CERTIFICACIÓN DE CALIDAD DE SERVICIO ante el Ministerio de Relaciones Laborales, ya que éste constituye un requisito básico para el pago de la R.V.E. a partir del mes de julio/11.

Adjunto archivo para conocimiento de ustedes.

RT-037-2011

Atentamente,

Alexandra Andrade A.

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