Por disposición del Ministerio de Relaciones Laborales,  se debe realizar cambio de Régimen Laboral de LOSCCA a CODIGO DE TRABAJO y viceversa. Para lo cual, el Consejo Politécnico en sesión del 04 de octubre de 2010, resolvió:

10-10-286.- Se toma conocimiento del oficio P-545 de septiembre 9.2010 de la Directora de Recursos Humanos Sra. Mariana Viteri de Montenegro al Rector Moisés Tacle, quien le informa que el Viceministro de Servicio Público del Ministerio de Relaciones Laborales ha emitido la resolución Nº MRI.2010.000243 de julio 27.2010, la que adjuntó a su oficio MRI-FI-2010-0006250 de igual fecha dirigido al Rector Dr. Moisés Tacle; mediante la cual: a) se determina el cambio de régimen laboral de los puestos que la funcionaria señala, del régimen de la LOSCCA al Código de Trabajo, de conformidad al Decreto Ejecutivo # 225 de enero 18.2010 (publicado en el R.O. 123 de febrero 4.2010) y que dispone el procedimiento a seguir para la ejecución y aplicación del referido cambio; puntualizando la Directora que corresponden al Nº 1.1.1.4 de este decreto, y en cuyo propósito adjunta el listado de servidores institucionales a los cuales debe emitirse sendos contratos de trabajo indefinido “… en los mismos términos respecto a remuneración, plaza de trabajo y cargos…” y manifestando que queda por definir por “…las autoridades institucionales competentes…” lo atinente al Fondo complementario provisional cerrado y tarjeta anual de comisariato; y que, b) además, califica a los obreros/as con contrato indefinido y que “… en razón de sus actividades pasen del régimen del Código de Trabajo a la LOSCCA…”, los cuales “…deberán contar con nombramiento regular, para lo cual es necesario revisar las ubicaciones dentro de la escala de remuneraciones mensuales unificadas…”; y c) singulariza, la funcionaria institucional, la situación descrita en la Disposición Transitoria Segunda de la resolución, y adjunta las nóminas de servidores institucionales correspondientes con los cambios, sueldos y/o RMU, etc, ahí determinados; concluyendo en señalar que su unidad es conjuntamente responsable del estricto cumplimiento de tales disposiciones y participa que conforme la Disposición Transitoria

Resoluciones C. P. 4 octubre/10 3.

Tercera de la citada resolución ministerial “…el plazo determinado es de 45 días a partir de la fecha de expedición…” de tal resolución.
A tales respectos, el Consejo Politécnico RESUELVE: ACATAR y disponer se cumpla todo lo anterior, constante en la resolución Nº MRI.2010.000243 de julio 27.2010 del Viceministro de Servicio Público del Ministerio de Relaciones Laborales y que adjunta a su oficio MRI-FI-2010-0006250 de igual fecha, copia de los cuales acompañan el referido oficio P-545 de septiembre 9.2010 de la Directora de Recursos Humanos Sra. Mariana Viteri de Montenegro al Rector, el que también se aprueba, acogiendo y aprobando las nóminas de servidores institucionales correspondientes con los cambios, sueldos y/o RMU, etc. ahí determinados; disponiendo asimismo que los funcionarios y departamentos institucionales involucrados ejecuten con la mayor prontitud lo requerido por la funcionaria institucional en su oficio.


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1 comentario on CAMBIO DE REGIMEN LABORAL

  1. Desconocido dice:

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