Nueva regulación para los CyberCafés en Ecuador

La semana pasada recibí una llamada de mi buen amigo Juanito que es dueño de uno de los primeros cybercafés de Babahoyo y entre las cosas que hablamos topamos el tema de la nueva regulación para los cybercafés en Ecuador, me expreso su preocupación pues había entendido que desde estos centros ya no se podrían hacer llamadas telefónicas inclusive las Internacionales de Voz sobre Internet, para darle un poco de tranquilidad a mi buen amigo le dije que al menos las llamadas internacionales si deberían estar permitidas pues en una resolución anterior el Conatel reconoció a las llamadas a través de Internet como una aplicación tecnológica disponible en Internet y por lo tanto no se restringe su uso desde los Cybercafés debidamente registrados.  Luego el fin de semana en mi clase de maestría se volvió a topar el tema, y equivocadamente se afirmó que estaban prohibidas las llamadas a traves de Internet, ante esto y con el fin de aclarar el tema de una vez por todas, he recurrido al site del Conatel en busca de la comentada  resolución 132-05-CONATEL-2009:

Art. 2. Se prohibe expresamente la prestación de servicios de telecomunicaciones finales 0 portadores sin contar con el título habilitante 0 el convenio de reventa correspondiente debidamente registrado, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.

En ningún momento se estipula que no puedan brindarse los servicios finales(llamadas a celulares o fijos), pero para ello lo que debes conseguir es un título habilitante, es decir «legalizar» tus cabinas, para ello debes acercarte a  las operadoras y solicitar un permiso como revendedor de llamadas, obviamente este tendrá un costo inicial y tendrás que sujetarte al tarifario de la operadora y sus margenes establecidos de ganancias.

Art. 3. La voz sobre Internet, podrá ser ofrecida por los Centros de Acceso a la información y Aplicaciones Disponibles en la Red de Internet con sujeción a la regulación vigente, observando las siguientes restricciones:
a. La voz sobre Internet podrá ofrecerse exclusivamente para trafico internacional saliente, prohibiendose su utilización para la realizacion de llamadas locales, regionales, de larga distancia nacional, al servicio móvil avanzado;
b. Los Centros de Acceso a la Información y Aplicaciones Disponibles en la Red de Internet, que ofrezcan voz sobre Internet , de conformidad con lo señalado en el literal a) del presente articulo requerirán unicamente de un certificado de registro, el mismo que se obtendrá de conformidad con la presente resolución.

Esta está más clara aún y esta vigente desde la resolucion anterior del 2005,  las llamadas a traves de Internet son unicamente para terminar llamadas en el exterior del pais, lo bueno es que se eliminan las limitantes es decir puedes tener cuantas cabinas de llamadas internacionales necesites y se eliminó el cobro de los $ 400 por el registro, el cual ahora es gratuito y se puede hacer en línea en el sitio del Conatel.

En resumen, no existe prohibición lo que sucede es que ahora debes tener un titulo habilitante, lo cual puede resultar un poco complicado de conseguir pues las operadoras tienen ciertas reglas para asignar estos permisos (como por ejemplo que no exitan 2 locutorios en 200 metros a la redonda) y que probablemente tu rentabilidad se vea mermada pues tendrás que ajustarte a los planes tarifarios, pero por otro lado queda definido que el servicio de llamadas internacionales es totalmente permitido, por lo tanto lo recomendable seria tratar de crear incentivos para que los clientes de los cybercafes utilizen mas este servicio, y asi compensar en algo lo que dejarían de percibir por las llamadas celulares o locales.