• He escuchado videos de funcionarios del IEPI y leído tuits de gente común, artistas, etc. Algunas perlas que escuché y leí.

    No es tributo, sino un derecho.
    Puede ser un derecho que tengan los artistas, el cual reconozco, pero el mecanismo que piensan implantar tiene un efecto de un arancel para el consumidor de los dispositivos. Sube el costo del bien importado porque se impone obligatoriamente un porcentaje extra a pagar. Es decir, como efecto práctico sobre el consumidor, es un arancel, aunque legalmente le puedan poner otro nombre. Deben abstraerse un momento de su formación legal y pensar en los efectos prácticos del mecanismo propuesto.
    Si alguien no escucha ni escuchará las obras de esos artistas, ¿por qué debo pagar anticipadamente un canon sobre los dispositivos? ¿Realmente creen que es justo para el consumidor?

    No lo paga el consumidor
    Really?? En serio creen que el importador va a asumir ese costo sin traspasarlo al consumidor?
    Encima, lo pagarán algunos consumidores que no necesariamente van a descargar o grabar las obras de estos artistas en su dispositivo.

    La frase más repetida: está en la Ley.
    ¿Y? Refórmela, si es un mecanismo que no está acorde a los tiempos y a los avances tecnológicos, refórmela.

    Sobre el modelo de negocios
    Cambien el modelo de negocios de los artistas. Quieren que les reconozcan una compensación cuando no necesariamente los escuchan. Si tienen éxito, hagan más conciertos y reconozcan que el avance tecnológico hace difícil que puedan ganar plata creando una canción y esperando sentados la remuneración. Reconozco que los artistas tienen derechos de que se les reconozcan sus obras EXITOSAS, pero estos derechos no están sobre los de los consumidores, y menos cuando no se puede asegurar que todos vamos a consumir dichas obras. Repito, el mecanismo me parece pésimo.

    Pongo un ejemplo mío. Soy académico y entre mis planes está escribir un libro sobre uno de los cursos que dicto en la U. Tengo claro que con las facilidades para fotocopiar textos, ponerlos en digital y reproducirlos, mi ganancia no está por las regalías de las ventas. Es más, cuando lo haga pienso hacerlo al menor costo posible en formato kindle. Si mi libro es suficientemente útil, mi ganancia estará en mi reputación, en que me contraten para dictar una capacitación, una consultoría, etc. No esperaré sentado las regalías del libro, peor si no fuera una obra relevante.

    Finalmente, no sé si los funcionarios están convencidos del mecanismo propuesto, o los han enviado a defenderlo independientemente de lo que piensan. Admiro la paciencia que tuvo @calú en su conversación con Santiago Cevallos.

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  • PosterDilucionMarcas

     

     

     

  • A partir de la perspectiva basada en recursos (Resource-Based View, RBV, por Barney, 1991), Amit y Schoemaker (1993) definen los activos estratégicos como un conjunto de recursos y capacidades difíciles de transar e imitar, escasos, apropiables y especializados, que otorgan a la empresa una ventaja competitiva. Los recursos son el stock de factores disponibles que tiene o controla la empresa. Estos recursos pueden ser: patentes o licencias, propiedades, planta o equipos, capital humano. Las capacidades son la habilidad para combinar y explotar los recursos, y se obtienen con el paso del tiempo mientras interactúan dichos recursos.

    Srivastava et al. (2001) hacen un esfuerzo por enlazar la RBV con el marketing, haciendo énfasis en el rol de los denominados activos basados en el mercado para generar y sostener las ventajas competitivas. Estos activos son recursos específicos del marketing y se clasifican en relacionales e intelectuales. Los primeros corresponden a las relaciones de la firma con agentes externos: clientes, canales de distribución, redes, ecosistemas; las cuales se basan en factores como confianza y reputación. En cambio, los activos intelectuales son el tipo de conocimiento que tiene una firma sobre su entorno competitivo.

    Recordemos la definición de capital de marca desde el punto de vista del consumidor. Keller (1993) lo define como las respuestas del consumidor a las gestiones de marketing, atribuibles al conocimiento de la marca, que no ocurrirían si el mismo producto o servicio no tuviera dicha marca. Aaker (1991) hace un aporte al plantear dimensiones del capital de marca que subyacen en el consumidor, como el conocimiento de la marca, las asociaciones entre la marca y sus atributos distintivos, la percepción de calidad, y la lealtad.

    De lo anterior se desprende que la marca es un activo basado en el mercado, ya que su capital se desarrolla como consecuencia de la relación y experiencias del consumidor con la empresa y los productos de la marca; es decir, es un activo relacional. Además, en la medida que el capital de marca esté formado por asociaciones fuertes, distintivas y actitudes favorables hacia la marca – como preferir sus productos en lugar del de sus rivales – se puede sostener que se cumple con las características de los recursos planteados en la RBV; esto es, que sean escasos o raros, difíciles de imitar y que generen ventajas competitivas. Por lo tanto, la marca es un activo estratégico cuyo capital debe desarrollarse y preservarse para sostener la ventaja derivada de este activo, ya que la misma se traduce en valor para la empresa por medio del flujo de caja que genera.

    La literatura sobre marcas ha mostrado que el capital de marca puede verse reducido – diluido – por varios motivos, algunos generados por la misma empresa, como extensiones de marcas fallidas, y otros generados por terceros (Loken y John, 2009). En este segundo grupo de causas están: falsificaciones de productos de la marca con calidad inferior; lanzamiento de una marca imitadora de parte de terceros, ya sea en categorías de productos similares o disímiles a la de la marca original; uso por terceros del slogan o logo de una marca famosa de una manera en que afecte la reputación de ésta, entre otros.

    Una empresa que realice frecuentemente mediciones de su capital de marca está en una posición de defensa adecuada ante eventuales ataques de terceros. Las ventajas son, al menos, las siguientes: (i) estar al tanto del daño ocasionado por la marca imitadora o los falsificadores, por medio de estudios que midan el impacto en las dimensiones del capital de marca, y en la intención o decisión de compra (ii) contar con pruebas documentadas del daño para poder emprender acciones legales en contra de los infractores.

    La Ley de Propiedad Intelectual del Ecuador y la Decisión 486 de la Comunidad Andina incluyen varios artículos que establecen los derechos a los titulares de las marcas registradas, en caso de infracciones de terceros. Además, el artículo 289 de la Ley contempla que en caso de infracción de los derechos reconocidos en la misma, se podrá demandar la indemnización de daños y perjuicios, para lo cual, el artículo 303 establece las consideraciones en el momento de valorarlo económicamente. Estas son: beneficios dejados de recibir por el afectado, beneficios obtenidos por el infractor, regalías que hubiese tenido que cancelar el infractor para hacer uso de la marca, más los gastos del proceso legal.

    Al poder cuantificar el daño en términos de reducción de la decisión de compra de sus productos y en las percepciones del consumidor con respecto a su marca, la empresa tendrá motivación y pruebas para emprender acciones de respuesta contra la empresa infractora. Así, estará defendiendo su posicionamiento, participación de mercado y ganancias, protegiendo de esta forma la ventaja competitiva generada por la marca. El marco legal y las metodologías para los estudios de mercado y la valoración financiera están disponibles.

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  • Muchos académicos y practitioners reconocen que para poder gestionar los recursos escasos en las empresas, cada vez es más necesario conocer el impacto financiero que tienen las actividades y variables de marketing, como la publicidad, los clientes y las marcas, entre otros.

    Con respecto a las marcas, puedo resaltar los siguientes beneficios de valorar financieramente el capital de marca dentro de las empresas:
    • Reportar su valor a los accionistas y el mercado.
    • Conocer la importancia relativa de los determinantes de su valor.
    • Evaluar la conveniencia de realizar extensiones de marca y otras actividades de gestión de marca (branding).
    • Contar con una estimación para exigir indemnizaciones económicas en casos de imitación o uso no autorizado.

    La relevancia del tema se manifiesta en que el Marketing Science Institute (MSI) ha incluido la valoración de marcas y de las actividades de marketing entre sus líneas de investigación prioritarias en la última década. A finales del 2010, la International Organization for Standardization (ISO) emitió la norma 10668 para estandarizar esta práctica en las empresas que decidan reportar el valor de la marca como información complementaria en su balance.

    La norma ISO surge motivada por la existencia de muchas metodologías para valorar marcas. Hay dos enfoques de valoración, que considero no son los más adecuados para este fin: el basado en costos, y a valor de mercado. El primero no refleja el valor agregado que la marca está en capacidad de generar en el futuro a la empresa, y el segundo no es práctico al no existir un “mercado abierto de marcas” donde uno pueda encontrar referencias con características similares a la marca de interés.

    Por otro lado, el enfoque más utilizado por empresas consultoras que comercializan sus servicios de valoración, es el basado en estimación de flujos de caja futuros.  Estos métodos se enfrentan al desafío de separar el flujo de caja de la empresa entre aquel atribuible a la marca y aquel atribuible a otros intangibles y activos tangibles de la empresa. Estas firmas desarrollan sus propias metodologías para lograr este objetivo.

    En este grupo de métodos se encuentra el modelo de Interbrand™, famoso y aceptado por la comunidad del marketing. Sin embargo, no es replicable para cualquier practitioner ya que algunos de sus parámetros, el Índice de Rol de Marca y el Puntaje de Fuerza de Marca, son calculados con fórmulas protegidas por la consultora, calculadas a partir de estudios de mercado. El primer indicador busca determinar qué porcentaje del flujo de caja es atribuible a la marca, mientras que el indicador sobre fuerza de marca se usa para determinar la tasa de descuento aplicada a los flujos, considerando que hay evidencia que muestra que marcas más fuertes generan flujos de caja más estables.

    Un método de particular relevancia para situaciones en que las marcas están involucradas en litigios, es el de regalías por uso (Royalty Relief). Consiste en estimar el valor presente de las regalías que se tuviera que pagar asumiendo que la marca no se tiene, y en su lugar está licenciada. En situaciones de uso no autorizado de marcas por terceros, se puede estimar el valor que éstos hubieran tenido que pagar por el uso de la misma.  Los porcentajes de la regalía se obtienen de bases de datos de contratos, clasificados por tipos de productos, y por otras características del mercado y la marca.

    El hecho de que muchos de los métodos de valoración de marcas sean protegidos por las consultoras internacionales, no debe impedir que las empresas u otros consultores de marketing puedan llevar a cabo esta tarea. Considerando la utilidad de la valoración de marcas para las empresas, la norma ISO hace un esfuerzo por listar aquellos criterios a tomar en cuenta al momento de llevar a cabo esta tarea. Es cuestión de aplicar creativamente las herramientas de investigación de mercados y de valoración financiera para cumplir con este desafío.

    Link en FENopina on line

  • Comparto las siguientes ideas del curso de Consultoría en Management que estoy tomando.
    • El asesor no es “todólogo”. Pero debe ser especialista de un proceso de análisis y resolución de problemas en entornos distintos. Difícilmente sabrá más que el cliente de su negocio, pero debe trabajar con él, extraerle la información, involucrarlo, y poder decirle: este es tu problema y estas son las posibles soluciones.
    • El asesor no toma decisiones, propone soluciones.
    • Debe diferenciar el rol de asesor con el de coach. La implementación de soluciones junto al manager y el acompañamiento en la gestión ya es una labor de coaching. Y esa labor tiene otro costo y requiere otras competencias que no necesariamente el asesor las tiene.
    • Si un asesor no conoce sus puntos débiles, se suicida. Debe decirle al cliente hasta dónde puede llegar, en función a sus capacidades. Si no, corre el riesgo de perder la reputación.

    Y para el académico de Management, lo ideal es:

    • Que sea un buen pedagogo y comunicador.
    • Que conozca la empresa: por medio de consultorías, o casos de estudio.
    • Que sepa investigar, para estar en la frontera del conocimiento… pero del conocimiento aplicable a la empresa.

  • “La Reserva Federal de Estados Unidos (FED), en conjunto con los bancos centrales de Suiza, Canadá, Reino Unido y China y el BCE, decidieron liberar un poco de presión sobre el sistema financiero mundial garantizando un poco más de liquidez. Dicha medida elevó con fuerza los mercados bursátiles del mundo, pero no parece ser la cura a todos los problemas de Europa”[1].

    Analistas de CNN coinciden con que la medida no es la solución total, ya que la situación fundamental como la capacidad de pago de las deudas, no se ha modificado. Barajan el escenario de que probablemente el BCE y Alemania tendrán que dar la gran ayuda a los países más amenazados, como Grecia, Italia, Francia. Sumado a esto, China redujo el encaje bancario lo que estimula la liquidez del sistema financiero global, dado el peso que esta economía tiene en el mundo.

    Días atrás, Grecia, la economía con mayor amenaza en Europa, se comprometió por escrito antes sus acreedores, la UE y el FMI, a tomar «todas las medidas necesarias» para aplicar el plan europeo de recuperación de su economía.[2]

    Reacciones: Los índices bursátiles de Europa y Estados Unidos cerraron la jornada por encima del 3%[3]. Los rendimientos de bonos europeos bajaron como consecuencia de la medida de ayer (lo que implica que se revalorizaron los bonos). Una mayor liquidez en los mercados europeos se espera que se traduzca en mayor crédito para los consumidores. En Ecuador: Obviamente que el hecho de que se reduzca la presión sobre la economía europea, un importante consumidor de parte de nuestros productos, es una buena noticia para nuestros exportadores.

  • En marzo del presente año, la opinión de un funcionario bancario sobre la formación de una burbuja de precios en el mercado de la vivienda ecuatoriano debido a las facilidades en los créditos otorgados por el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), generó un debate sobre la presencia o no de este fenómeno en el país, el cual se caracteriza por la subida sostenida de precios en las viviendas, motivada por las expectativas de los compradores de que el precio seguirá subiendo en el futuro, pero sin explicación en factores fundamentales que determinan la oferta y demanda del activo.

    Este estudio muestra, en su primera parte, el análisis de un indicador ampliamente utilizado en estudios sobre mercados de vivienda, calculado como el ratio Precio/Renta, que permite observar si el precio del activo se mueve al mismo ritmo que la renta que le genera a su dueño, la cual estaría reflejada en el alquiler. Cuando el precio tiene movimientos relativamente superiores a los de la renta, el ratio se incrementa y se debe analizar si hay una justificación de ese movimiento a partir de variables que determinan la oferta y demanda de la vivienda, denominados “fundamentales”. De no justificarse el incremento del ratio por los fundamentales, se lo atribuiría entonces a las expectativas de los agentes por mayores incrementos futuros en el precio, que compensarían su inversión actual. En ese caso estaríamos ante la presencia de una burbuja de precios.
    Para el análisis del ratio, se usó como proxy del precio el monto de crédito promedio para vivienda reportado por el Banco Central del Ecuador (BCE). Como renta se uso el Índice de Precios al Consumidor de Alquileres, obtenido del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC). La serie mensual de datos utilizada comprende el periodo Enero 2008 – Abril 2011, que incluye el momento en que el Gobierno anunció el estímulo de 600 millones de dólares para reactivar el sector de la construcción por medio de créditos a través de la banca pública (octubre de 2009), así como la entrada en operaciones del BIESS en octubre de 2010. El análisis muestra que el precio de la vivienda en este periodo ha aumentado a una mayor tasa que la renta, lo que implica que el ratio Precio/Renta ha aumentado también. Al usar el ratio de precio/ingreso, en cambio, se encontró que este no tiene apreciaciones significativas y actualmente se encuentra en un nivel similar al del último trimestre del 2008.
    En un siguiente análisis se desarrolló un modelo que explica el nivel de precios en el mercado inmobiliario, utilizando como variables explicativas a las principales determinantes de la oferta y la demanda para las que se tiene información disponible. El modelo final estimado utiliza 4 variables que son: la tasa de interés activa, el nivel de actividad económica, el índice de precios de la construcción de viviendas unifamiliares, y los salarios promedios en el sector de la construcción. Otras variables no tienen un efecto marginal significativo sobre el precio de las viviendas, lo que se debe probablemente a que estas influencian al precio principalmente mediante las variables incluidas. Del modelo estimado se obtiene que el 88% de la variación presentada en la serie de precios de vivienda es explicado por los fundamentales planteados.
    Al encontrar que el aumento del precio está justificado por los fundamentales, concluimos que no existe evidencia para considerar que existe una burbuja de precios en el mercado inmobiliario. Sin embargo, el informe recalca que hay aspectos que deben ser monitoreados constantemente en las instituciones financieras para mitigar el riesgo que en el futuro se forme el fenómeno objeto de este estudio, presentando una descripción de los mismos.

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  • Leyendo el especial sobre Inversiones de la revista América Economía, edición de mayo 2011, me llamó la atención una mención sobre una restricción a las titularizaciones de flujos futuros, que consta en el Proyecto de Ley de Mercado de Valores. Yo había revisado el año pasado una versión disponible en la web del Banco Central. Sin embargo, la versión que socializó el Ministerio de Coordinación de la Política Económica a inicios de año contiene un cambio importante en este tema.

    El Artículo 165, referente a los bienes susceptibles de titularizar, menciona entre otros: “Derechos existentes que ya posea el originador, susceptibles de generar flujos futuros determinables con base en estadísticas o en proyecciones, según corresponda”. Además, el artículo 181 dispone que se “deberá acreditar documentadamente la propiedad del originador sobre el derecho generador de los flujos futuros de fondo(s) y sobre su derecho de cobro.”

    Sobre la base de la ley actual, se puede titularizar ventas esperadas futuras de una empresa a un grupo de clientes, segmento geográfico, etc. Empresas con marcas famosas y bien posicionadas seguramente pueden estructurar titularizaciones de este tipo, como en el ejemplo de titularización de ventas futuras llevado a cabo por Nestlé, citado en el especial de América Economía.

    Según el Proyecto de Ley, una empresa deberá ahora acreditar documentadamente el derecho generador y de cobro del flujo, como por ejemplo, con facturas de ventas a plazo de sus productos. Entiendo que la intención de esta regulación está evitar el riesgo asociado a titularizaciones de flujos que son meras expectativas, ya que ni los productos ni sus ventas existen aún. Sin embargo, esto merece algunas reflexiones y consideraciones.

    ¿Y el valor de los intangibles?
    Muchas marcas agregan valor a las empresas debido a su capacidad de generar flujos futuros, ya que, por diversos motivos que se han demostrado en Marketing, un gran segmento de los consumidores tiene una predisposición a comprar sus productos antes que los de la competencia, y en muchos casos a precios más altos. A diferencia de un edificio de departamentos, o una cartera de crédito, las marcas son intangibles que (lastimosamente) no aparecen en los balances como un activo que sirva de respaldo «tangible» a un proceso de titularización. El hecho de que las ventas aun no existan, parece agregar una dosis de riesgo en la percepción de los policy makers, que los lleva al extremo de prohibir este tipo de titularizaciones, según este proyecto de Ley, so pretexto de cubrir al inversionista. Si bien es cierto, las titularizaciones de flujos futuros tienen características distintas a las de un activo ya existente, la protección al inversionista debe estar por el lado de exigentes y claros mecanismos de garantía, como expuso hoy el experto boliviano Jaime Dunn en el Seminario Internacional de Mercado de Valores, desarrollado en Guayaquil. Para abundar en mi argumento, existen varios estudios que documentan que marcas con alto valor son capaces de generar flujos de caja con menor volatilidad (mas estables) que otras (SRINIVASAN & HANSSENS, 2009). Por lo general, las empresas que usan este mecanismo de financiamiento tienen una reputación ganada en su segmento de mercado, que les permite tener una expectativa de flujos muy probables. Entonces, considero exagerada la prohibición a ciertos tipos de titularizaciones de flujos futuros.

    Límite a las opciones de diversificación
    Independientemente del riesgo de los flujos de estas ventas que aún no existen, los mercados de valores necesitan una gama de productos con distintas características de plazos y riesgo, de manera que el inversionista tenga más de dónde escoger. Limitar las titularizaciones de flujos futuros sólo al caso en que el originador “ya posea” derechos generadores y de cobro, es limitar aún más la variedad de títulos en nuestro mercado, caracterizado por una baja capitalización. Lo que sí se debe procurar es que la información sobre las características del originador, de los flujos futuros, de los mecanismos de garantía, y del proceso en general, sea la mayor posible para el mercado, para que éste sepa el riesgo que involucra cada emisión. Luego, la decisión de asumir determinado nivel de riesgo, debe ser LIBERTAD de los inversionistas.

    Exposición al riesgo financiero: pérdida de flexibilidad.
    Lo que se exige en estas titularizaciones tiene las características de un contrato a plazo, un tipo conocido de Derivado Financiero. Estos contratos nacieron con la finalidad de cubrir el riesgo de los comerciantes o productores. Por ejemplo, una empresa que requiere café arábigo para procesarlo, tiene planificada una venta del producto procesado en 6 meses a un precio que debe fijar hoy. Necesita asegurarse que tendrá el insumo disponible un mes antes a un costo conocido para fijar sus precios de venta. Entonces le sería útil la firma de un contrato de compra a plazo, con un precio prefijado hoy para despacho en 5 meses. De esa forma, ya no asume el riesgo de que el insumo suba de precio en el mercado spot (o mercado de contado) y cubre su margen de ganancia. Estas coberturas se hacen en mercados de commodities (materias primas o productos agrícolas muy demandados mundialmente) como café, trigo, entre otros. En el caso de una empresa que vende por ejemplo hamburguesas, o detergentes, y que se ve obligada a suscribir un contrato de venta a plazo para fines de titularización, sin la posibilidad de cubrirse en el mercado de sus insumos con algún Derivado Financiero, existirá el riesgo de que estos suban de precio, y que por honrar el contrato, pueda llegar incluso a vender a pérdida.

    En resumen, limitar las titularizaciones de flujos futuros sólo a proyectos tangibles o contratos de venta suscritos con anterioridad, ignora la posibilidad de generación de flujos de los activos intangibles, reduce las alternativas de inversión disponibles en el mercado y puede generar escenarios de dificultad financiera en empresas que buscan financiamiento bajo esta modalidad de titularización, que como bien comentaba en el Seminario de hoy el Dr. Juan Carlos Peralvo, ha sido uno de los productos que más ha contribuido al crecimiento del mercado de valores ecuatoriano en los últimos años.

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  • Asi quedan las llaves de la Copa Sudamericana que comienza en Agosto del 2010.
    Un eventual clásico se daría en cuartos de final, para lo cual Emelec tendría que haber superado 2 llaves y Barcelona 3.

  • Los que les gustan las Finanzas seguramente están familiarizados con el Modelo del Costo Promedio Ponderado de Capital (WACC en inglés, por Weighted Average Cost of Capital) para descontar el flujo de caja neto de los activos de un proyecto o empresa.
    Estaba revisando una clase que debo dictar y recordé que nunca había hecho el planteamiento formal para ajustar el modelo debido a la participación a trabajadores que pagan las empresas en el Ecuador.
    El modelo dice que el costo de capital (tasa de descuento) debe ser el promedio ponderado del rendimiento que exigen los accionistas, Kp, y lo que exigen los acreedores o bonistas, Kb:

    CPPC= (P/V)*Kp + (D/V)*Kb*(1-Tc,aj)

    Las ponderaciones para Kp y Kb son el porcentaje que representan el patrimonio y la deuda, respectivamente, en el valor total de la empresa o proyecto.
    Debido a que el costo de la deuda se traduce en intereses que reducen la base imponible, se habla de un escudo fiscal generado por el gasto financiero. Ese beneficio del escudo fiscal se refleja multiplicando Kb por (1-Tc) donde Tc es la tasa de impuesto a la renta (25%). Es decir, el costo neto de la deuda es 25% menor.
    Pero en el caso ecuatoriano debe considerarse, además, la participación a trabajadores del 15%. Es decir el interés no sólo reduce la base imponible para pago de impuestos sino también la base para el cálculo de la participación a trabajadores, lo que hace que el efecto del escudo (ya no sólo fiscal) sea: 15% + (1-15%)*25% = 36.25%.
    En definitiva, cuando usemos el WACC usemos una Tc ajustada (TC,aj) del 36.25%.

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