Mediante una Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos, ha sido presentado por el Gobierno nacional y algunos Ministerios, a los ciudadanos del país y en particular a los residentes de nuestras Islas Patrimoniales de la Humanidad, este proyecto algo postergado y que tiene como objetivo, el preservar de mejor manera las Islas y considerar el logro del Buen Vivir de sus habitantes.
Se incluyen además puntos fundamentales relativos al fortalecimiento institucional; la reestructuración o cambios en el modelo turístico; rediseñar el ámbito de control y la migración en el Archipiélago así como la creación de una agencia de bioseguridad por las constantes amenazas que tiene Galápagos, estableciéndose también sanciones y multas. Se acoge a las actuales disposiciones constitucionales y a lo contenido en la COOTAD, Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
En un primer análisis efectuado, observamos:
– Tributos para el ingreso de turistas, por noches de permanencia o pernocte en las islas;
– Establecimiento de Índices ambientales adicionados a los Impuestos básicos;
– Cobro de USD 300 por persona a bordo de embarcaciones no comerciales durante cada día que se permanezca en la Reserva.
– Cambios estructurales en las instituciones para la gobernanza de las islas;
– Controles estrictos en la migración en las Islas;
– Logro de Turismo sostenible;
– Cupos turísticos;
– Especies Invasoras;
– Artesanías locales con utilización de recursos renovables;
– Descuentos del 50 % en pasajes aéreos, limitados a 12 anuales y especificado solamente entre las Islas y los aeropuertos de Quito y Guayaquil;
– El impuesto básico en los años 2012 y 2013, se mantiene en USD 120 para extranjeros y 12 para nacionales o extranjeros residentes;
– Prohibición por los próximos 8 años en construcción de nuevos hoteles o adecuaciones en viviendas actuales para alojamiento turístico;
– En los próximos 180 días, debe estar aprobado el Reglamento Sustitutivo.
– No modifica en lo absoluto los ingresos laborales duplicados, al inicio de la actual ley.
Hago referencia a los niveles actuales que se tienen para el ingreso a las Islas:
Tasas del Parque Nacional Galápagos:
Los turistas extranjeros, no residentes en Ecuador más de 12 años | US$100 |
Los turistas extranjeros, no residentes en Ecuador de 12 años | US$50 |
Los turistas extranjeros no residentes en Ecuador de más de 12 años, los nacionales de uno de los países pertenecientes a la Comunidad Andina o de Naciones del MERCOSUR |
US$50 |
Los turistas extranjeros no residentes en Ecuador de 12 años, los nacionales de uno de los países pertenecientes a la Comunidad Andina o el MERCOSUR |
US$25 |
Los turistas y extranjeros residentes en el Ecuador, de más de 12 años | US$6 |
Los turistas y extranjeros residentes en el Ecuador, de 12 años | US$3 |
Los turistas, los estudiantes no residentes en el Ecuador que están matriculados en instituciones educativas nacionales | US$25 |
NOTA: los turistas nacionales y extranjeros menores de 2 años de edad están exentos de este impuesto.
Adjuntamos copia del Proyecto de Reforma de Ley.