Vamos a comentar un tema que es local a mi país Ecuador, pero que en todo país existe y se trata de las declaraciones de impuestos, debo mencionar que aquí el organismo regulador de ello se llama SRI por sus siglas Servicio de Rentas Internas, y que todo nosotros de alguna forma tenemos que entender cómo funciona su plataforma, proceso, sistemas y reglamentos.
Este articulo no pretende ser un curso de declaración de impuestos pero sí que mi lector no neófito en el tema o de pronto nuevo en ello ponerlo al tanto con la forma de cómo funciona este proceso y darle algunos “tips” que ya hubiese querido yo me los dieran en su momento, pero vamos al grano.
Debemos entender que si uno tiene ingresos económicos sea por que damos algún tipo de servicio y emitimos facturas para ello o dependamos de algún trabajo con sueldo remunerado tenemos que contribuir con el país con un valor que lo pagamos al año, de esos valores al estado hace obras, paga sueldos a servidores públicos o va a una caja común parea uso del gobierno, así que vamos a lo técnico, si un ciudadano gana en el año (sumando las 2 vías antes mencionadas) una cantidad mayor a $10.180 tiene que pagar impuesto, menor a ese valor no paga ni contribuye con nada al gobierno y al país, bueno como decíamos si su ingreso es ese valor debe pagar $23 de impuesto claro una cantidad muy pequeña recuerde que también ganar $10.180 al año es como tener un sueldo de $848 mensuales, sueldo que se considera bajo desde mi punto de vista; pero aquí comienza lo malo, si mas se gana más se paga pongo una tabla para ilustrarlo y aclaro que los valores fueron tomados del software llamado DIMM transaccional del mismo SRI del 2013.
Valor Base |
Impuesto a Pagar |
10.180 |
$23 |
12.970 |
$120 |
16.220 |
$531 |
19.470 |
$948 |
38.930 |
$3.956 |
58.390 |
$7.981 |
77.870 |
$13.027 |
103.810 |
$21.047 |
Si desean la tabla oficial para los rangos intermedios pueden consultarla aquí.
Ahora todo pareciera que si por ejemplo si uno gana $19.470 en el año estoy obligado a pagar al SRI el valor de $948 y efectivamente así es, pero tenemos una salvedad que se creó en unos de los periodos de nuestro presidente el Sr. Correa y son los famosos gastos deducibles, es decir que puedo restar a mis ingresos valores de egreso y el valor de esa resta seria la base de ingreso anual, pero que es lo que puedo deducir o restar? Pues bien todo aquello que entre en 5 rubros que son Educación, Vestimenta, Salud, Alimentación y vivienda; significa que todo aquello que compre y este contemplado dentro de esos rubros lo puedo restar de mi ingreso eso si guardando las facturas de la compra donde debe contener mis datos, porque las facturas con “Consumidor final” no sirven, ahora estos rubros tienen topes porque no es que se puedo comprar $10.000 en ropa y deducir, les muestro los valores topes de deducción por rubro.
Rubro |
Valor Tope |
Educación |
$3.159 |
Vestimenta |
$3.159 |
Alimentación |
$3.159 |
Vivienda |
$3.159 |
Salud |
$12.636 |
Aclaro a mi lector que la suma de todos los rubros no debe exceder del 50% de mis ingresos o no puedo ser mayor de $13.234 dólares lo que se cumpla primero.
Por eso las empresas donde tenemos relación de dependencia (sueldo) al inicio de cada año nos piden información en el “Formulario de Proyección de Gastos Personales” donde ponemos los valores que suponemos vamos a gastar en el año, pero aclarando que son proyecciones porque al comienzo del siguiente año debemos ingresar en el formulario 102A de la declaración de impuesto a la renta los valores reales consumidos (teniendo los respaldo de nuestras facturas).
Esa proyección nuestro empleador la usa para ponerla en el formulario 107 que al comienzo del año tenemos que pedirle para poder hacer nuestra declaración en el formulario 102A, el objetivo de esto es que si no presentamos o entregamos a nuestro empleador esta proyección al inicio de año o mediados entonces ellos nos descontaran cada mes un valor que sumado al año será el impuesto causado según la primera tabla y puede suceder que con las retenciones que nos hacen en nuestras facturas ya este pagado en su totalidad dicho valor de impuesto y en consecuencia con el valor que nuestro empleador también nos ha descontado hemos pagado de más y debemos pedir al SRI se devuelvan esos valores y ahí radica la importancia de hacer nuestras proyecciones para que no paguemos un valor de impuesto de más.
En el formulario 102A ponemos en resumidas cuentas esta información, ingreso total por sueldo y descuento de las aportaciones del IESS esa información está en el formulario 107, el ingreso por servicios prestados reflejado en nuestras facturas y valores retenidos a la fuente; además nosotros debemos poner los valores de Gastos personales por rubro en el formulario 102A, también el valor que nuestro empleador nos ha descontado por impuesto de manera anticipada, si aun así queda algún valor de pago por impuesto a la renta debemos ver si con los valores de retenciones a la fuente que nos hacen cuando emitimos una factura por algún servicio dado que serian valores como saldo a favor nuestro para el pago de impuesto retenidos anticipadamente completamos; si aún queda algún valor pues entonces será el valor neto a pagar por impuesto, yo sé que puedo ser un lio al principio entenderlo pero solo es un juego matemático de sumar y restar.
Ahora supongamos que ya tenemos listo los valores del formulario 102A entonces debemos guardar el archivo XML del mismo para subirlo al internet, a los servicios en línea del SRI (el 102A se hace en programa DIMM transaccional en la opción DIMM Formularios), les dejo el link para su descarga y decirles que deben siempre tener la última versión “Paquete DIMM (DIMM Anexos y DIMM Formularios) para Windows (80 MB)”
Ahora si ustedes en ese formulario 102A pusieron valores de gastos personales también en el mismo programa mencionado deben bajar el programa de gastos personales e instalarlo en la opción “Programas” -> “agregar nuevos programas” y luego seleccionar “Actualización por archivo” y seleccionar el archivo que bajaron de internet “Programa AGP” llamado agp_1_0_3.zip, una vez hecho esto reinician el programa no la computadora, ahora para ingresar los valores de gastos vamos a la opción “Archivo” -> “Nuevo” y seleccionan “Anexo de Gastos Personales” ponen sus datos de RUC entre otros y luego comenzaran un proceso largo y tedioso de ir ingresando los valores de sus facturas totalizadas y agrupadas por RUC, además de la cantidad de facturas que poseen para ese RUC, tomando en cuenta a que rubro de gasto pertenece. Una vez terminado este proceso deben cerciorarse que los valores y totales sean los mismo que están en el formulario 102A, al final deben grabar el archivo de gastos en XML y también subirlo a los servicios de internet del SRI y con ello han cumplido sus obligaciones tributaria de impuesto a la renta.
Puede ser que al comienzo parezca complicado pero no lo es, con el tiempo se les hará muy fácil; debo decir que las personas que ganan más de $60.000 dólares al año están obligadas a llevar contabilidad, y el propósito de haber expuesto esto es que se den cuenta que no necesitan pagar a nadie para que les haga sus declaraciones porque en mi humilde opinión es un proceso relativamente sencillo.
Y COMO REALIZO LA DECLARACIÓN
Gran post, me ha servido de gran ayuda puesto que soy nuevo en esto del pago del impuesto.
saludos
por favor ayúdeme con esta pregunta
que valor pongo en ingresos y que valor en egresos
en ingresos son las ventas con iva y sin iva mas el 12%
Una consulta: Si vivo en Ecuador pero gano dinero por negocios en el exterior pero no ingresó el dinero al Ecuador ¿Cuándo y dónde debo pagar mis impuesto a la renta de ese año fiscal? ¿cuándo ingrese el dinero al país?
Si realizó un negocio en el extranjero pero decido mantener el dinero en el exterior ¿Cuándo declaró ese ingreso al SRÍA? o no debo hacerlo mientras no ingrese el dinero al Ecuador
En serio consideras sencillo? Seria bueno que adjuntes una imagen del formato para poder familiarizarse y poder considerarlo sencillo. Igual gracias por el aporte.